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RADIACIONES NO IONIZANTES
1) Medición de Radiaciones Electromagnéticas No Ionizantes mediante monitor de radiaciones no ionizantes con sensor de captación isotrópica e indicación en unidades de densidad de potencia (mW / cm2). Rango de frecuencias: 550 kHz - 18 GHz con posibilidad de discriminación por bandas de frecuencias. Instrumento con Certificado de Calibración, vigente a la fecha de la medición, emitido por el Fabricante o un Organismo Acreditado.
Protocolos de medición para operadores y público en general con valores de referencia del ICNRP (International Commision on Non Ionizing Radiation Protection and Measurements), FCC (Federal Communications Commission), ANSI/IEEE (American National Standard Institute/Institute of Electrical and Electronics Enginneers, Resolución Nº 202/95 MSASN (Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación), Resolución Nº 530/00 SC-CNC (Secretaría de Comunicaciones - Comisión Nacional de Comunicaciones).
2) Habilitación de Sistemas de Comunicación (antenas), comprende la evaluación del sitio de instalación, análisis y verificación del cálculo estructural y de seguridad de la misma, Estudios y Evaluaciones de Impacto Ambiental relacionadas, mediciones de base y en funcionamiento, protocolos de medición respectivos, presentaciones ante las Autoridades Municipales, Provinciales y Nacionales. |